Guía de Declaración AES / EEI
Toda exportación de EE.UU. valorada en más de $2,500 por código Schedule B — o que involucre mercancías controladas — requiere una declaración de Información Electrónica de Exportación (EEI) a través del Sistema Automatizado de Exportación. Cometa un error y las sanciones comienzan en $10,000 por infracción.
¿Qué es la Declaración AES / EEI?
El requisito de reporte de exportación de EE.UU. administrado por la Oficina del Censo y aplicado por BIS y CBP.
El Sistema Automatizado de Exportación (AES) es el sistema electrónico del gobierno de EE.UU. para recopilar datos de exportación. La información que presenta en AES se llama Información Electrónica de Exportación (EEI) — reemplazó la antigua Declaración de Exportación del Embarcador (SED) en papel en 2008.
La declaración EEI es requerida para la mayoría de las exportaciones de EE.UU. cuando el valor de las mercancías en una sola clasificación Schedule B excede $2,500, cuando las mercancías requieren una licencia de exportación (EAR/ITAR), o cuando el destino es un país sancionado o embargado — independientemente del valor.
Como transitario, usted a menudo es designado como el 'agente autorizado' para presentar la EEI en nombre de la parte principal de interés de EE.UU. (USPPI). Esto lo hace directamente responsable de la declaración precisa y oportuna — incluso si el embarcador proporciona los datos.
¿Cuándo se Requiere la Declaración EEI?
No toda exportación necesita una EEI. Conozca los desencadenantes para evitar declarar en exceso o — peor aún — omitir una declaración requerida.
Umbral de Valor: $2,500+
Cuando el valor de las mercancías en una sola clasificación Schedule B excede $2,500 a un solo consignatario en una sola fecha de exportación. Esto es por línea de mercancía, no por envío.
Licencia de Exportación Requerida
TODOS los envíos que requieren una licencia de exportación bajo EAR o ITAR necesitan declaración EEI independientemente del valor. Incluso un artículo controlado de $100 requiere declaración.
Destinos Sancionados
Todas las exportaciones a países bajo sanciones o embargos de EE.UU. requieren declaración EEI independientemente del valor. Actualmente incluye Cuba, Irán, Corea del Norte, Siria y partes de otros países.
Diamantes en Bruto
Todas las exportaciones de diamantes en bruto requieren declaración EEI bajo el Proceso de Kimberley, independientemente del valor.
Vehículos Usados Autopropulsados
Todos los vehículos usados que se exportan requieren declaración EEI independientemente del valor, incluyendo automóviles, camiones, autobuses y motocicletas.
Exenciones Comunes de Declaración
Estas exenciones le permiten omitir la declaración EEI — pero debe citar el código de exención correcto en el conocimiento de embarque.
Valor Bajo (30.37(a))
NO EEI 30.37(a)Mercancías valoradas en $2,500 o menos por Schedule B a un solo consignatario — a menos que se requiera una licencia, las mercancías sean controladas, o el destino esté sancionado.
Canadá (30.36)
NO EEI 30.36La mayoría de las exportaciones a Canadá están exentas de la declaración EEI. Excepciones: mercancías que requieren una licencia de exportación de EE.UU., mercancías controladas por antiterrorismo y diamantes en bruto.
Efectos Personales (30.37(b))
NO EEI 30.37(b)Enseres domésticos y efectos personales del exportador, no para reventa. Incluye pertenencias personales de personas que se mudan al extranjero.
Valijas Diplomáticas (30.37(e))
NO EEI 30.37(e)Los envíos por agencias del gobierno de EE.UU. y valijas diplomáticas están exentos bajo condiciones específicas.
Devolución/Reemplazo (30.37(h))
NO EEI 30.37(h)Mercancías que se devuelven o reemplazan bajo garantía, siempre que esté disponible la documentación de importación original y las mercancías no sean controladas.
Cómo Presentar la EEI — Paso a Paso
El proceso de declaración desde la clasificación hasta el ITN.
Clasificar Mercancías — Código Schedule B
Asignar el número Schedule B de 10 dígitos correcto para cada mercancía. Usar el Motor de Búsqueda Schedule B de la Oficina del Censo. El Schedule B se basa en el código HS pero tiene dígitos adicionales específicos de EE.UU. La clasificación incorrecta es una de las infracciones más comunes.
Verificar Todas las Partes
Verificar el comprador, consignatario y usuario final contra la Lista de Verificación Consolidada (CSL). Esto incluye la Lista de Entidades, Lista de Personas Denegadas, Lista SDN y otras. Una coincidencia no prohíbe automáticamente la exportación pero requiere mayor investigación.
Determinar Requisitos de Licencia
Verificar si las mercancías están controladas bajo EAR (Lista de Control de Comercio) o ITAR (Lista de Municiones de EE.UU.). Cruzar la referencia del ECCN o categoría USML con el país de destino y el uso final. La mayoría de las mercancías comerciales son EAR99 (no requieren licencia).
Presentar en AESdirect
Ingresar los datos del envío en AESdirect (portal gratuito de la Oficina del Censo) o a través de su software TMS/aduanas integrado. Los datos requeridos incluyen: USPPI, consignatario, Schedule B, valor, cantidad, país de destino, transportista de exportación e información de licencia.
Recibir el ITN
Tras la presentación exitosa, AES devuelve un Número de Transacción Interna (ITN) — un código único de 14 caracteres (formato: X20250407123456). Este ITN debe proporcionarse al transportista y aparecer en la documentación de envío.
Proporcionar el ITN al Transportista
El transportista necesita el ITN (o cita de exención) antes de que las mercancías sean exportadas. Para flete marítimo, esto significa antes de la salida del buque. Para flete aéreo, antes de que la aeronave parta. El transportista tiene prohibido exportar sin un ITN válido.
Sanciones AES / EEI
Las infracciones de exportación conllevan sanciones graves — tanto civiles como criminales. La Oficina del Censo, BIS y CBP tienen autoridad de aplicación.
Declaración Tardía
Presentar la EEI después de la fecha de exportación. Las sanciones se acumulan por día de retraso, por envío. La Oficina del Censo monitorea activamente las declaraciones tardías.
Falta de Declaración
No declarar cuando es requerido. Sanción civil de hasta $10,000 por infracción. Sanción criminal de hasta $10,000 y/o 5 años de prisión por infracciones intencionales.
Declaración de Información Falsa
Presentar intencionalmente datos incorrectos — valor incorrecto, Schedule B incorrecto, consignatario incorrecto. Las sanciones criminales pueden incluir prisión. Aquí es donde ocurre la aplicación seria.
Exportación sin ITN
Exportar mercancías sin un ITN válido o cita de exención en el conocimiento de embarque. Tanto el transitario como el transportista pueden ser sancionados.
Infracciones EAR / ITAR
Exportar mercancías controladas sin la licencia requerida. Sanciones civiles de BIS de hasta $300,000 por infracción. Infracciones ITAR de hasta $1,000,000 por infracción. Las sanciones criminales incluyen prisión.
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